El debate del presupuesto del Poder Judicial y del Poder Legislativo
Presupuesto de los distintos Poderes, diferencias y participación histórica
Uno de los aspectos que tomó más relevancia en el vigente debate del Presupuesto General de la Provincia del Chaco para el próximo año 2011, es el tratamiento y las diferencias de los Presupuestos que los Poderes Legislativo y Judicial elevaron para su consolidación por parte del Poder Ejecutivo. Seguidamente aportamos algunos aspectos a tener en cuenta y la visión que desde el Bloque Frente Grande tenemos al respecto.
Facultad Constitucional
Es preciso aclarar aquí, sin perjuicio de las facultades de los restantes Poderes de “preparar” su presupuesto y del Poder Legislativo de aprobarlo, la confección del Proyecto de Ley de Presupuesto y su elevación al Poder Legislativo es facultad expresa del Poder Ejecutivo como autoridad máxima de la Administración Pública, o “jefe de la administración”.
Pretensiones presupuestarias versus incremento de erogaciones
El proyecto de presupuesto general de la Provincia prevé un incremento del orden del 20,74% del incremento de las erogaciones del 2011 respecto del 2010. Los proyectos preparados y elevados al Poder Ejecutivo por el Poder Legislativo y el Poder Judicial pretendían un incremento del 36,7% y del 55,6%, respectivamente.
Incremento interanual de los Presupuestos del Poder Legislativo y Judicial
Un primer punto a analizar es la relación entre el Presupuesto que el Poder Ejecutivo presentó para los restantes poderes del Estado y su diferencia con el Presupuesto vigente para este año 2010, así en el cuadro 1 podemos observar que el Poder Legislativo tiene un incremento interanual en el total de gastos del 22.91% y que el Poder Judicial un 18,21%. Si tenemos en cuenta que el Poder Ejecutivo incrementó el total de gastos en un 20,74% interanual, podemos decir que el incremento propuesto para los restantes Poderes podría mantener una primera relación proporcional y demostrar la aplicación de criterios similares.
Cuadro 1: incremento de partidas año 2011 - 2010
Concepto | PODER LEGISLATIVO | PODER JUDICIAL | ||||
PTO 2010 | PTO 2011 | AUMENTO % | PTO 2010 | PTO 2011 | AUMENTO % | |
Total Ctes y Cap | 138.077 | 169.709 | 22,91% | 325.926 | 385.265 | 18,21% |
Erog. Ctes | 136.777 | 168.224 | 22,99% | 305.426 | 361.715 | 18,43% |
Personal | 112.544 | 134.298 | 19,33% | 295.426 | 341.745 | 15,68% |
Bs.ySs.No per. | 24.233 | 33.927 | 40,00% | 10.000 | 19.970 | 99,70% |
Erog. de Capital | 1.300 | 1.485 | 14,23% | 20.500 | 23.550 | 14,88% |
Diferencia entre los presupuestos preparados y los elevados por el Poder Ejecutivo
Tanto el Poder Legislativo y el Judicial aprobaron la elevación de sus respectivas propuestas al Poder Ejecutivo para su consolidación y remisión del Presupuesto General a la Legislatura, entre una y otra versión surgieron diferencias, las que se pueden observar en los cuadros siguientes. Así en el cuadro 2 podemos ver el caso del Poder Legislativo.
Cuadro 2: Diferencia entre el Presupuesto elevado por
C U E N T A S (en miles) | Presup. General enviado por el PE | Presup. elevado por la Legislatura | Diferencia en $ | Diferencia % s/ PE | |
TOTAL EROGAC. CTES. Y CAP. | 169.709,46 | 188.686,84 | 18.977,37 | 11,2% | |
EROGACIONES CORRIENTES | 168.224,46 | 187.201,11 | 18.976,65 | 11,3% | |
Personal | 134.297,80 | 149.461,77 | 15.163,97 | 11,3% | |
Bienes y Ss no Personales | 33.926,66 | 37.739,34 | 3.812,68 | 11,2% | |
EROGACIONES DE CAPITAL | 1.485,00 | 1.485,72 | 0,72 | 0,0% |
Se puede observar que el Poder Ejecutivo incorpora parcialmente la propuesta del gasto para el Poder Legislativo, la que se justifica en una unificación de criterios con respecto a la política salarial. La Legislatura en su Presupuesto para el año 2011 había previsto incrementos salariales que se reflejan en la partida Personal, criterio que no fue aplicado por el poder administrador y por lo tanto generó un diferencia, la que fue detraída a la hora de la presentación del proyecto, así podemos ver como se reduce en un 11,3% la partida Personal.
Para el caso del Poder Judicial las diferencias también se encuentran presentes y tienen una magnitud mucho mayor y justificativos no tan claros, el Cuadro 3 nos permite ver esas diferencias para cada una de las partidas.
Cuadro 3: Diferencia entre el Presupuesto elevado por el Poder Judicial y el Presentado por el PE
C U E N T A S (en miles) | Presup. General enviado por el PE | Presup. elevado por el P. Jud. (+ C.Mag) | Diferencia en $ | Diferencia % s/ PE | |
TOTAL EROGAC .CTES. Y CAP. | 385.265,00 | 507.264,92 | 121.999,92 | 31,7% | |
EROGACIONES CORRIENTES | 361.715,00 | 417.715,40 | 56.000,40 | 15,5% | |
Personal | 341.745,00 | 386.800,00 | 45.055,00 | 13,2% | |
Bienes y Servicios no Personales | 19.970,00 | 30.915,40 | 10.945,40 | 54,8% | |
EROGACIONES DE CAPITAL | 23.550,00 | 89.549,52 | 65.999,52 | 280,3% | |
INVERSION REAL - Bienes de Uso | 23.550,00 | 89.549,52 | 65.999,52 | 280,3% | |
Const. Bienes Dominio Privado | 21.550,00 | 80.525,00 | 58.975,00 | 273,7% | |
Maquinaria y Equipo | 1.900,00 | 8.090,68 | 6.190,68 | 325,8% | |
Libros, Revist.y otros elem.Colec. | 100,00 | 623,84 | 523,84 | 523,8% |
Podemos observar que la diferencia llega al 31,7% del Presupuesto presentado por el Poder Ejecutivo, variando su magnitud porcentual y en montos para las distintas partidas. Se destaca el aumento extra pretendido para la partida Personal en más de $45 millones, que -si tenemos en cuenta que el Poder Judicial informa que no ha previsto incrementos salariales para el año 2011 en su Presupuesto- es aún más llamativo, pero el Poder Judicial lo justifica en que prevé incorporar personal nuevo por $36 millones en el año 2011. Podemos observar que los administradores de justicia pretenden que se les financie un incremento extra del 54% de la partida Bienes y Servicios Personales y un 280% de aumento por encima de lo que propone el Poder Ejecutivo para financiar Erogaciones de Capital, así se busca contar con casi $59 millones más para construcción y más de $8 millones para Maquinarias y Equipos.
Participación histórica de los Poderes en el Gastos Total de la Provincia
Un aspecto que vemos necesario tener en cuenta es la participación histórica de los Poderes Judiciales y Legislativos en el Presupuesto General de Gastos de la Provincia, para lo que acumulamos los cuatro Presupuestos aprobados para cada una de las últimas dos gestiones, la actual del Gobernador Capitanich y su antecesor Nikisch.
Cuadro 4: Participación que tuvieron el Poder Leg. y el Poder Judicial en de cada gestión
ACUMULADO POR GESTION DE GOBIERNO (en miles) | NIKISCH Presupuestos 2004-2007 | CAPITANICH Presupuestos 2008-2011 | |
SUMA DE PRESUPUESTOS GENERALES (PG) | 9.583.963 | 23.629.513 | |
SUMA DE PRESUPUESTOS LEGISLATIVOS | 172.879 | 514.134 | |
SUMA FDO ESPECIAL RETIRO VOLUNTARIO | 32.300 | 76.400 | |
PARTICIPACIÓN % DEL PODER LEG Y FDO EN PG | 2,14% | 2,50% | |
| | | |
SUMA PRESUPUESTOS PODER JUDICIAL | 499.336 | 1.233.450 | |
PARTICIPACIÓN % DEL PODER JUDICIAL EN PG | 5,21% | 5,22% |
Observamos que la participación que tuvo la Legislatura en el período 2004 – 2007 fue del 2,14% del total de gastos y para el período 2008 – 2011 que incluye el presupuesto bajo análisis, podemos ver que la participación se incrementa al 2,50%. Para el caso del Poder Judicial se observa que prácticamente se mantuvo durante las dos gestiones la participación en torno al 5,21%, solo registrando un mínimo incremento.
Conclusión:
Podemos observar en el desarrollo del informe que el incremento presupuestario que propone el Poder Ejecutivo para los restantes poderes del Estado mantienen una proporción razonable que podría justificarse atendiendo a la ejecución actual del presupuesto 2010. También pudimos observar en qué consisten las diferencias entre lo elevado por los Poderes y lo presentado para ellos por el Ejecutivo, de la que se puede distinguir claramente la intención del Poder Legislativo de prever aumentos salariales para el año próximo y la del Poder Judicial que pretende un incremento sustancial de todas las partidas para aumentar nominalmente en más de un 10% la planta de personal y en más de 280% la inversión en bienes de capital, sin prever aumentos salariales.
Ante esta diferencia tan significativa que demanda el Poder Judicial es que proponemos observar la participación histórica de este Poder en la distribución general de los recursos, ya que a primera vista se podría entender que el mismo reclama una recomposición que venga a compensar la pérdida de inversión o la discriminación con respecto a otros Poderes o jurisdicciones. Analizando los últimos ocho presupuestos y acumulándolos en cada gestión política, las que además pertenecen a distintas fuerzas gobernantes, podemos observar que durante la gobernación de Nikisch y la actual de Capitanich, la Justicia a mantenido su participación en el total del gasto público provincia, dejando fuera de análisis cualquier idea de discriminación política o resto de importancia para la función constitucional que ejerce el Poder Judicial.
Después de esto cuesta comprender la pretensión de quienes administran el Poder Judicial de solicitar un incremento del Presupuesto en más de un 55% con respecto al del año 2010, funcionarios que no pueden desconocer la situación económica provincial. Podemos entender la intención de buscar un incremento de recursos que le permita ejecutar las obras y poner en marcha políticas tendientes a mejorar el servicio, seguramente es el objetivo de todos los funcionarios que tienen la responsabilidad de conducir un Poder, Jurisdicción u Organismo, pero esas pretensiones deben estar en un marco de razonabilidad.
Esperamos que la discusión pública sobre el rol y la responsabilidad que tiene cada Poder del Estado o Institución sobre los flagelos o planteos sociales no se mezcle con la discusión sobre la asignación de recursos públicos a las distintas funciones o políticas públicas. Que la imposibilidad de acceder a financiamiento requerido no impida mejorar y optimizar los servicios públicos o asignación de derechos que cada uno tiene a su cargo, ni que se convierta es excusa para no dar o buscar la mayor respuesta posible a la sociedad.
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