domingo, 6 de junio de 2010

Un paso adelante

Derogación del Artículo 45 del Código de Faltas
Un paso adelante para las libertades públicas

El pasado miércoles 02/06 la Legislatura de la Provincia del Chaco aprobó una iniciativa presentada en el año 2005 por Daniel San Cristóbal diputado del Partido Frente Grande.

La aprobación de la demorada iniciativa significa un gran avance en las libertades públicas en la Provincia, en tanto es una de las figuras utilizadas habitualmente para detener en forma arbitraria y violar el derecho básico a la libertad en nuestra Provincia y la garantía de defensa en juicio.

El artículo 45 del Código de Faltas establece una sanción pára
"el que en forma personal y directa ofendiere en su dignidad o decoro a un funcionario publico, en ocasión del ejercicio de sus funciones" , lo que en concomitancia con el artículo 134 inciso a) que estable la flagrancia permite al funcionario ordenar la detención inmediata, más aún si el funcionario es policial.

En oportunidad de su presentación, el ex legislador expresó:
"Es notable como la investidura de funcionario público tiene habilitada la utilización de esta ventaja como mecanismo represivo abiertamente abusivo contra los particulares sin que se observen las garantías que el derecho otorga a los ciudadanos".

El Diputado Fabricio Bolatti, del Frente Grande, manifestó
"la importancia de la derogación en concomitancia con los avances legislativos nacionales en la materia como la legislación que derogó el delito de calumnias e injurias", señalando "el alto contenido represivo del actual código de faltas que importó, por ejemplo hace muy poco tiempo, la detención de un reportero gráfico en nuestro medio". Y por último, bregando por una pronta promulgación de la norma por parte del Poder Ejecutivo manifestó "los funcionarios públicos debemos admitir de una vez y por todas que no somos seres superiores cuya acción se encuentra por arriba de quienes nos eligen y nos pagan nuestra remuneración, generando protecciones legales inadmisibles."


No hay comentarios: