Respuesta al Superior Tribunal de Justicia del Chaco: “hagamos bien los deberes”
El Espacio de Género del Frente Grande Chaco comprende que el tema en discusión es nada menos que una reforma al Código Procesal Penal en el que las cuestiones deben ser expresas y no deben quedar libradas a la interpretación del Fiscal o del Juez. No sólo está en juego la libertad de una persona sino también el pedido de justicia de la víctima y de sus familiares. Es así que nuestro análisis parte del texto enviado al Poder Legislativo y del Código Penal.
Sobre la utilización de métodos alternativos de resolución de conflictos
El Superior Tribunal de Justicia (STJ) subestima la comprensión que una buena parte de la sociedad tiene de la violencia –sea ésta de género, familiar o sexual-. Esta dicho, sabido y comprendido que una persona que ha recibido esa violencia no se encuentra en condiciones de “resolver conflictos en forma alternativa”. Y eso no debe estar sujeto a ningún tipo de petición o facultad, porqué cualquier tipo de acercamiento con el victimario produce revictimización. Además, eso no es un invento de ningún espacio político, porque la citada Ley 26485 en su artículo 28 lo prohíbe taxativamente, situación que el STJ omite indicar en su prolijo documento. Sencillamente señoras y señores Jueces: no se puede mediar ni negociar nada con la violencia sexual, familiar o de género.
Es así porque lo que se pretende erradicar desde una legislación con perspectiva de género es una práctica muy extendida: la presión que viven las mujeres para que se reconcilien con los agresores bajo la utilización de excusas tales como la unidad familiar, mantener determinados recursos, etc. Con intervenciones que propugnan la conciliación con el agresor no sólo se debilita a la mujer sino se le impone criterios personales o institucionales violando su derecho fundamental a la autodeterminación, y poniendo en riesgo su seguridad para decidir por ella misma.
De lo que se trata es de evitar lo que se conoce como victimización secundaria. Bastante habitual en nuestro sistema de justicia, es aquella que se deriva de las relaciones de la víctima con el sistema jurídico penal y suele ser mas negativa que la primaria porque es el propio sistema el que victimiza a quién se dirige a él pidiendo justicia y porque afecta al prestigio del propio sistema, debido a su inoperancia.
El polémico artículo 417 bis
También el STJ subestima nuestra capacidad de lectura respecto de la norma propuesta. Es cierto, que el texto que se cita esta incluido en la propuesta. Pero bajo una redacción que no establece lo que parece que el STJ quiere que diga. Al incluir los delitos “de acción pública dependiente de instancia privada”, la norma propuesta establece la mediación para delitos de violencia sexual (tipificados en los artículos 119, 120 y 130 del Código Penal de la Nación), NO excluye los que no tengan contenido patrimonial y TAMPOCO los de grave violencia física, a menos de que un Juez interprete en consecuencia. Por cierto, si la decisión es otra la redacción es claramente descuidada y dista de la seriedad necesaria para un texto que aborda tamaños delitos.
¿Si es cierto que se excluye la violencia sexual de la conciliación, porqué no se los excluyó TAXATIVAMENTE en vez de optar por una norma abierta? Si realmente es así señoras y señores jueces, hagamos bien los deberes.
Sobre "las apuradas"
Celebramos que el STJ inconstitucional y avalador de la añeja (y derogada) “ley de desamparo” estudie, prepare y discuta las iniciativas. Esa también es su función y no sólo la política.
Pero también se comprenderá que el Poder Legislativo debe hacer esa misma tarea, comprendiendo además que el proceso de consulta con sectores de la sociedad y un trámite acorde con un Poder vinculado a la tensión popular de la democracia no debe ser un obstáculo. ¿O pretende el STJ que el pueblo renuncie a participar y/o los Legisladores a ejercer su facultad constitucional?
Párrafos anteriores hemos apuntado ¿errores? en el texto que pretendemos se analicen y que de por sí justifican profundizar el tema. Créannos señoras y señores jueces, las mujeres somos las más interesadas en que el Poder Judicial funcione con celeridad y su tradicional misoginia se transforme en real justicia
Gracias por el debate
Agradecemos a los medios de prensa que han dado amplia difusión a nuestra declaración original y han dado visibilidad a un tema delicado que es tratado generalmente con tecnicismos. Y también agradecemos al STJ, de cuya voluntad democrática habitualmente dudamos, por hacernos partícipes del debate.
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