ANÁLISIS DEL CUMPLIMIENTO DEL ARTICULO 83 DE LA CONSTITUCIÓN DEL CHACO
Desde el Bloque Legislativo Frente Grande hemos analizado el financiamiento educativo propuesto para el Presupuesto del año 2010 en el marco de lo establecido por la Constitución Provincial (C.P.), repasando la situación para los años anteriores, de esta manera queremos aportar información al análisis y debate sobre los recursos que se destinan a una de las funciones constitucionales más importantes que tienen el gobierno provincial de turno, la EDUCACIÓN PÚBLICA.
La Educación Pública está garantizada para chaqueñas y chaqueños en nuestra Constitución, la que establece en su Artículo 83 los recursos mínimos que deben invertirse para garantizar este derecho humano fundamental.
Así deben invertirse:
1- El treinta y tres por ciento (33%), como mínimo, de los recursos que ingresen al Tesoro Provincial por el régimen de coparticipación federal y tributarios propios.
2- Los impuestos y demás contribuciones especiales que establezcan la Legislatura y los municipios.
3- Los aportes del Estado Nacional y los provenientes de acuerdos que celebre la Provincia.
4- Las herencias vacantes, legados y donaciones.
5- Los demás recursos fijados por ley que aseguren el desenvolvimiento adecuado del área educativa.
En el cuadro siguiente vamos a analizar el cumplimiento de este artículo en el tiempo, centrándonos en el inciso 1º del artículo 83 de la C.P. que habla del 33% de los ingresos por coparticipación federal y de los tributarios provinciales.
(hacer click en el cuadro para ampliarlo)
Podemos analizar para cada año que recursos mínimos tendrían que haber sido afectados al financiamiento educativo por aplicación del inciso 1º del articulo 83 de la C.P., en la columna tercera podemos observar la inversión que año a año fue destinada – según las Leyes de Presupuestos – para financiar los gastos generales del Ministerio de Educación.
La tercer columna nos muestra si se ha dado cumplimiento a lo establecido en nuestra Constitución Provincial y los montos que faltaron invertir o los montos en los que se ha superado el mínimo establecido en la Constitución Provincial. Podemos observar que del año 2003 al año 2007 inclusive, la inversión estuvo por debajo de lo que establece la Constitución y recién a partir del año 2008 se ha dado cumplimiento a lo establecido en nuestra carta magna.
En el período 2003 – 2007 se invirtieron (o desinvirtieron) $296 millones menos que el mínimo constitucional y solo en el año 2009 la inversión superó ese mínimo en $256 millones, monto que prácticamente se mantiene para el presupuesto del año 2010.
Creemos que esta es una cuestión fundamental. Como lo establecieron nuestros constituyentes debemos garantizar el financiamiento del sistema educativo para que el mismo pueda incluir y contener en su seno a chaqueñas y chaqueños sin exclusiones, generando las oportunidades y las herramientas para el desarrollo personal y colectivo de nuestra sociedad.
Éste fue un tema ampliamente reclamado por nuestra fuerza política, por sectores gremiales y de toda la comunidad educativa, situación que llegó en el año 2006 a judicializarse buscando exigir al gobierno de turno su cumplimiento. Hoy vemos con buenos ojos que se está dando cumplimiento y que la mínima inversión que exige la Constitución es superada ampliamente.
Con esta medida y con otras como la Asignación Universal por Hijo que determinó nuestra Presidenta de la Nación Cristina Fernandez de Kirchner, estamos ante una oportunidad histórica de incluir a todas y todos al sistema educativo, solo con más educación pública vamos a hacer a nuestra provincia mas justa y equitativa.
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