El debate público será obligatorio para los candidatos
electorales
“El debate
fortalece el sistema democrático”, afirmó el diputado provincial del Frente
Grande Daniel Trabalón
La Cámara de Diputados sancionó una ley que instituye el debate obligatorio entre los
postulantes a gobernador y a diputados provinciales en primer término.
Como iniciativa, surgió en 2005, en el seno del bloque del
Frente Grande, de la mano del proyecto de ley 112/05, de autoría del exdiputado
provincial Daniel San Cristóbal.
En 2011, su par legislativo, Fabricio Bolatti, retomó la
idea y presentó el proyecto de ley 2710/11. Y en 2013, el diputado por el Frente
Chaco Merece Más, Eduardo Aguilar, ingresó la propuesta que finalmente contó
con el despacho favorable de la Comisión de Asuntos Constitucionales, para su
tratamiento en el recinto durante la última sesión. El proyecto de ley, aunque
fue objeto de modificaciones surgidas a instancias del debate, contó con el
acompañamiento unánime de la mayoría de los bloques legislativos para su tratamiento
en general.
La normativa sancionada, con vigencia a partir de 2015, establece la obligatoriedad para, en
el caso de los postulantes al cargo de primer mandatario, aquellos que hayan
obtenido al menos el 5% de los votos emitidos en las PASO. En el caso de los
candidatos a diputados, el
porcentaje de votos mínimo obtenido deberá ser del 3%, pero nunca serán menos de cuatro (4) candidatos los que debatirán para el caso de que no se supere dicho piso.
En cuanto a los temas, el proyecto de Ley establecía entre
los obligatorios: Educación y Salud; Seguridad y Justicia; Desarrollo
Económico; Desarrollo Urbano y Vivienda; Servicios Públicos e Infraestructura y
Empleo y Promoción Industrial.
A este temario, establecido en el artículo 3 de la ley,
el diputado del Frente Grande, Daniel Trabalón, introdujo como temas a debatir políticas
de Ambiente, la Igualdad de Género y los
Pueblos Indígenas.
Posteriormente, otros legisladores hicieron lo propio para
integrar al temario temas como Empleo y Promoción Social; Calidad Institucional
y Política Anticorrupción, además de un tema a elección a través de las redes
sociales al momento del debate.
“Creemos que es un aporte a la consolidación de nuestro
sistema democrático, la democracia no es exclusiva ni mucho menos excluyente de
los partidos políticos, también pensamos que en el debate es donde se fortalece
el proceso democrático y donde se asumen responsabilidades concretas desde los
partidos políticos, el debate debe ser el instrumento, el mecanismo por el cual
nosotros damos a conocer que propuestas tenemos pero también por la cual la
gente pueda decidir a partir de la información y del conocimiento que se puede
dar en este proceso de a quien acompañar con su voto”, afirmó Trabalón.
Otros aspectos
El debate obligatorio para los candidatos electorales
establece también, entre otras cuestiones, las fechas en las que se
desarrollarán los mismos, establecidas por la autoridad de aplicación -el
Tribunal Electoral- mediando un tiempo mínimo de siete (7) días entre ambos y
realizándose el segundo con una anticipación mínima de 10 días a la fecha del
acto electoral. Los debates de candidatos a diputados serán en distintas fechas
a las correspondientes a los candidatos a gobernador. Los horarios serán entre
las 21 y las 23, serán televisados y difundidos por radio e internet.
La moderación estará
cargo de un periodista elegido por sorteo, a partir de una lista de tres
profesionales acordada por los candidatos participantes, a propuesta de la
autoridad de aplicación.
Y la sanción para quien no concurra al debate, teniendo la
obligación de hacerlo, se fijó, a raíz
de varias consideraciones expuestas en el recinto legislativo, en la reducción
de 50% en el otorgamiento de espacios de publicidad audiovisual, punto
establecido en la Ley electoral.
“Entendemos que no hay una ley perfecta pero sí creemos que
es mejor tener esta ley. (…) Queda mucho por avanzar y ese tiene que ser
también el desafío”,
consideró Trabalón.
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